jueves, 17 de diciembre de 2015

20151216 El juez legitima a la tía de Iñaki Indart a ejercer la acusación

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Noticias de Navarra

El juez legitima a la tía de Iñaki Indart a ejercer la acusación

La defensa del padre, imputado por el homicidio del joven, se había opuesto a su personación
JESÚS MORALES - Miércoles, 16 de Diciembre de 2015
PAMPLONA - El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona ha reconocido en dos autos la legitimación de una tía política de Iñaki Indart Ariztegui, hallado muerto en diciembre del año pasado en una sima de Gaztelu, para ejercer la acusación particular contra el padre del joven de Legasa por un supuesto delito de homicidio. El magistrado desestima los recursos presentados por la defensa del imputado, así como por el guardia civil encausado por los delitos de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos, al sostener que entre la víctima y su tía existía una “relación de afectividad” considerable, lo que convertiría a esta última en perjudicada por la muerte de su sobrino.
La legitimación de esta persona para llevar adelante la acción penal resulta fundamental en este caso para que el procedimiento pueda llegar a ser enjuiciado en su momento, dado que el Ministerio Fiscal ya ha mostrado su postura contraria a acusar de homicidio a José Antonio Indart Sarratea, lo que abocaría a la causa a su archivo automático si no existiera una acusación particular.
En sendas resoluciones donde también reafirma los acuerdos adoptados durante la instrucción respecto de la incriminación del miembro de la Guardia Civil y respecto de la separación de la causa en dos piezas diferenciadas, el juez acoge en su “integridad” los argumentos expuestos por el Ministerio Fiscal, para quien la personación de la tía política de Iñaki Indart se realizó conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al tratarse de una familiar, a lo que hay que sumar “la existencia de una significada afectividad que supone una severa aflicción por el fallecimiento de la víctima”.
El magistrado indica que la relación de afectividad que se deduce en este caso “de los datos que se han puesto de manifiesto a lo largo de la instrucción que se basa no ya solo en el parentesco sino en la relación de proximidad física y afectiva entre la víctima y su tía”. Sobre esta relación, señala el auto, “existen testimonios sobre su carácter especialmente intenso en vida del tío del primero y marido de la segunda”, testimonios que como los verificados como últimas diligencias testificales en sede judicial el día 9 de noviembre de 2015 ponen de manifiesto que Iñaki Indart “siempre viajaba con sus tíos a la finca de Lahoz conduciendo para ellos el vehículo en el que se desplazaban, sin que pueda ignorarse tampoco el hecho de haber vivido durante largo tiempo en propiedades colindantes, además de la propia relación familiar”.
En los autos en los que reconoce la legitimación de la tía del joven, el juez instructor también se reafirma en la división de la causa en dos piezas y en los indicios de criminalidad contra el agente de la Guardia Civil del puesto de Etxalar, por los supuestos delitos de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos. Al respecto destaca el “el resultado de las intervenciones telefónicas y la constancia documental del acceso a las bases de datos de tráfico” por parte del imputado, “quien ha transmitido a José Antonio Indart datos tanto de vehículos particulares de un agente del que desvela su identidad, como de los vehículos sin distintivos de la Policía Foral que se utilizaban en la investigación, habiendo buscado la oportunidad de sancionar administrativamente” a la tía del joven, “por mantener la creencia de la implicación” de José Antonio Indart en la muerte de su hijo.
RECURSOS DE APELACIÓN
EL JUICIO, PENDIENTE DE LA AUDIENCIA
Resolverá el futuro de la causa. La Audiencia Provincial de Navarra tendrá la última palabra en torno al posible enjuiciamiento de José Antonio Indart por el supuesto homicidio de su hijo. Las posturas enfrentadas entre el juez instructor, que aprecia indicios racionales de la comisión del crimen, y de la Fiscalía y la defensa, que las consideran meras conjeturas, deberán ser resueltas durante las próximas semanas por los magistrados de la Audiencia Provincial, que deberá pronunciarse en torno a los recursos de apelación interpuestos por las partes personadas en el procedimiento y decidir si la causa se archiva o sigue adelante hasta la celebración de un juicio.

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